Así lo ha expresado de manera tajante el Tribunal Europeo, que asegura que cualquier vehículo matriculado que no se haya dado de baja en la Dirección General de Tráfico, debe contar con un seguro de coche en regla.

Si usted cuenta con un vehículo que no utiliza y lo mantiene guardado en un garaje de su propiedad, hasta ahora solo le generaba el gasto correspondiente al impuesto de circulación, pero a partir de ahora sepa que deberá contar con seguro en vigor, pues así lo ha expresado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un sentencia dictada hoy 5 de septiembre de 2018. «Un automóvil que no se ha retirado legalmente de la circulación y que es apto para circular responde al concepto de vehículo. Por tanto, no deja de estar sujeto a la obligación de aseguramiento prevista en la normativa europea por la mera razón de que su propietario ya no tenga intención de conducirlo y lo inmovilice en un terreno privado» expresa la sentencia del TJUE.

Control y posibles sanciones

Al tratarse de una sentencia y no de una directiva o nueva normativa, no se establecen los mecanismos mediante los cuales los estados miembros deben controlar, y en su caso sancionar, los vehículos están asegurados con un seguro de responsabilidad civil para vehículo (popularmente conocido como seguro a terceros). Pero no es muy difícil aventurar que la Dirección General de Tráfico podría cotejar los vehículos activos que existen en el territorio con las pólizas suscritas y de esa manera sancionar a quienes cuentan con vehículos sin asegurar.

 

Hace tiempo que la Administración se puso como objetivo acabar con los coches que circulan en España sin seguro. Una de las medidas más eficientes fue la colocación de cámaras de lectura de matrículas que cotejan las numeraciones con la base de datos de vehículos asegurados, detectando aquellos vehículos que circulan sin seguro de auto. Esta podría ser la premisa para ir un paso más allá y detectar también aquellos que, aunque no circulen, estén desprovistos de una póliza de seguro de coche.