Seguros de Baja Laboral
Seguro de baja por enfermedad o accidente, en el cual obtiene una indemnización económica si no puede desarrollar su actividad profesional.
¿Sabes cuál es tu realidad ante una situación de baja laboral?
Al igual que la mayoría de los autónomos cotizas por la base mínima. En el año 2015 esta base asciende a 884,40 euros.
En el supuesto de padecer una enfermedad o un accidente que te obligue a estar de baja laboral durante 30 días percibirías la siguiente prestación:
506,57 euros (60% sobre 884,40 euros desde el cuarto al vigésimo día de la baja y el 75% sobre 884,40 euros a partir del vigésimo primer día de la baja hasta el trigésimo en este caso)
256,72 euros será tu cuota de autónomos que deberás liquidar a la Seguridad Social tanto si trabajas como si estás de baja laboral.
249,85 euros será tu liquidez real para ese mes de baja laboral*
¿Te das cuenta de la DESPROTECCIÓN económica que podrías padecer ante una incapacidad temporal laboral derivada de una enfermedad o un accidente?
Te ofrecemos PROTECCIÓN complementando tus ingresos ante una situación de incapacidad temporal laboral con nuestros Seguros de Baja Laboral.
* Para los meses sucesivos el líquido a percibir será de 387,23 euros.
Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales son de acogida voluntaria con el correspondiente incremento en la cuota mensual de autónomos.